Los puntos principales del documento aprobado incluyen:
Naturaleza jurídica: Define al crédito de carbono como un bien inmaterial de carácter patrimonial, con individualidad jurídica propia y diferenciada del recurso natural o inmueble del que deriva.
Creación del ReNaRe: Establece el Registro Nacional de Reducción de Emisiones (ReNaRe) como plataforma pública para la inscripción de proyectos, contemplando la interoperabilidad con los registros de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Clasificación de unidades: Divide los resultados en Aportes de Mitigación (AM) para el mercado voluntario y Unidades de Resultado de Mitigación Transferibles (URMT). Las URMT destinadas a transferencias internacionales requerirán la autorización del Estado Nacional y la aplicación de un Ajuste Correspondiente en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero.
Tratamiento fiscal: Fija una alícuota del 0% en materia de derechos de exportación para las transferencias internacionales de créditos de carbono y otorga estabilidad fiscal por un plazo de 30 años a los proyectos inscriptos en el registro nacional.
Mercado de capitales: Autoriza el uso de los créditos de carbono como activos subyacentes, fuente de repago o garantía para instrumentos financieros (como fondos comunes de inversión o fideicomisos), bajo la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores (CNV). #MercadoDeCarbono #Senado #Argentina #Regulacion #FinanzasSostenibles #Sustentabilidad #CambioClimatico